Juan Espinoza Espinoza
En el presente artículo se expone, sobre la base de las nuevas coordenadas legislativas y jurisprudenciales, la devaluación del estatus de consumidor, el cual de una categoría de derecho sustantivo digna de protección ha pasado a un requisito procedimental, ello en la medida en que una directiva ha determinado –contraviniendo la histórica línea jurisprudencial administrativa– que la carga de la prueba del estatus de consumidor de la microempresa ahora le corresponde al propio denunciante. Sobre el particular el autor considera que la apreciación del estatus de consumidor se debería efectuar de manera funcional y dinámica, lo cual implica ver cada caso en particular y entender que el estatus de consumidor va más allá de una acreditación documental, debiéndose indagar por la verdad material.