Los contratos alienos contratacan: las cláusulas de fuerza mayor, hardship, la impracticability y otras incomprensiones

 Juan Espinoza Espinoza

El presente trabajo analiza críticamente la incorporación de cláusulas propias del common law, como la cláusula de force majeure, hardship y la figura de la commercial impracticability, en contratos regidos por ordenamientos de tradición civilista, con especial atención al derecho peruano. A partir de un enfoque dogmático y comparado, se examina jurisprudencia relevante del derecho anglosajón, decisiones arbitrales internacionales y normas de derecho contractual transnacional, como las cláusulas modelo de la Cámara de Comercio Internacional y el artículo 79 de la Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías. El estudio pone de relieve que las dificultades económicas, la volatilidad del mercado o la pérdida de rentabilidad no constituyen, por regla general, supuestos de fuerza mayor ni de imposibilidad excusable del cumplimiento, y que la confusión entre imposibilidad de la prestación y excesiva onerosidad sobrevenida conduce a interpretaciones erróneas del riesgo contractual. Finalmente, se sostiene que, si bien el derecho contractual transnacional tiende a aproximar los presupuestos de la fuerza mayor y la hardship, en el contexto peruano estas figuras deben interpretarse con cautela, respetando las normas imperativas del Código Civil, el principio de pacta sunt servanda y la estructura de remedios contractuales prevista por el ordenamiento nacional. Palabras clave: hardship; impracticabilidad comercial; contratos; riesgo contractual; common law; derecho civil; incumplimiento contractual.

¿Derechos de los animales o deberes de las personas para con los animales?

 Juan Espinoza Espinoza

Uno de los grandes aportes e innovaciones que introdujo el Código Civil peruano, en lo que a situaciones jurídicas existenciales o derechos de las personas se refiere, es la categoría de sujeto de derecho. Fernández Sessarego (1986), mi maestro, en la exposición de motivos, explicaba que esta categoría jurídica se refiere al “ente al cual el ordenamiento jurídico imputa derechos y deberes. En la experiencia jurídica este ente o centro de referencia normativo no es otro que el ser humano, antes de nacer o después de haberse producido este evento, ya sea que se le considere individualmente o como organización de personas. El término ‘sujeto de derecho’ resulta así genérico al designar cualquier modalidad que asuma la vida humana en cuanto dimensión fundamental de lo jurídico” (p. 48).

El Pago con Subrogación

 Juan Espinoza Espinoza

El presente trabajo analiza de manera detallada la figura jurídica del pago con subrogación, desde su origen en el derecho romano hasta su actual configuración en el código civil peruano. Se examina la naturaleza jurídica de la subrogación, distinguiéndola de otras figuras como la cesión de crédito y la novación, y se exploran las distintas teorías doctrinarias que explican su estructura y efectos. Se realiza un estudio comparado con las legislaciones francesa e italiana, y se ofrece una interpretación sistemática de los artículos 1230 al 1264 del Código Civil peruano. Asimismo, se identifican los requisitos, modalidades (legal y convencional), y efectos de la subrogación, así como su aplicación en contextos de obligaciones solidarias e indivisibles. Finalmente, se subraya su relevancia práctica como mecanismo de preservación de garantías y de transmisión de derechos en el ámbito obligacional.