Juan Espinoza Espinoza
Resumen: El autor realiza diversas precisiones respecto al requisito de la reconocibilidad del error. Asimismo, analiza la Casación N° 13562-2018-Cusco, en la cual la Corte Suprema se adscribe a la tesis por la cual no se exige para la configuración del dolo de algún tipo de elemento subjetivo en cabeza del agente que propaga la incorrecta información. El autor expresa algunas críticas respecto a esta decisión, señalando sobre el caso concreto que ambas partes incurrieron en el mismo error de confiar en la información de Registros Públicos.
Deshojando las margaritas de los vicios de la voluntad ¿error, dolo omisivo o dolo por comisión