La nulidad de los actos de autonomía privada por violación de principios o derechos constitucionales

 Juan Espinoza Espinoza

Fabrizio Piraino

Este artículo analiza la influencia de los principios constitucionales y los derechos fundamentales en la validez de los actos de autonomía privada en los sistemas jurídicos de Perú e Italia. A través de un análisis exhaustivo de la normativa interna de cada país, se discute si el juez constitucional tiene competencia para declarar la nulidad de actos civiles y si dicha intervención afecta la delimitación entre la tutela civil y la constitucional. Se concluye que no es necesario crear nuevas causales de nulidad, sino aplicar un concepto dinámico de orden público que permita integrar valores constitucionales sin desnaturalizar la función del proceso de amparo ni la autonomía privada. 

Palabras clave: Derechos fundamentales, nulidad, orden público, principios, derecho civil

Fundamento legal: Arts. 3, 7-A, 200.2 de la Const. Pol.; 7.1, 7.2, 44 de la CPConst.; 219, 220 del CC; 50, 53 del CPDC

¿EL ADMINISTRADOR DE SOSTENIMIENTO DEBE RESPONDER POR LOS DAÑOS QUE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD OCASIONA A TERCEROS?

 Juan Espinoza Espinoza

EL CASO: El 23 de febrero de 2019 un cliente mayor de edad que sufre de esquizofrenia (según los certificados médicos mostrados por la familia) agredió físicamente a dos clientas y una cajera en un supermercado en Lima ¿Quién responde civilmente de este hecho? La familia se limitó a decir: «Es una persona con discapacidad».

Prólogo al libro de Alejandro Ramos Támara, “La tutela del acreedor frente al incumplimiento de la obligación de no contratar del deudor”, Palestra, Lima, octubre 2025.

 Juan Espinoza Espinoza

He de remontarme al lejano 2012, año en el cual era profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima. Dictando el Curso de Derecho Civil I, que comprendía el estudio del Título Preliminar y el Derecho de las Personas, identifiqué a un alumno que sobresalía respecto al resto, no sólo por sus excelentes calificaciones, sino por su inquietud en el estudio, sus agudas preguntas y bien documentadas intervenciones. No obstante el alto nivel de exigencia que siempre me ha caracterizado, lo cual, generaba no pocas deserciones, Alejandro Ramos Támara perseveró, continuando con los Cursos de Derecho Civil II, Personas Jurídicas y Derecho Civil III, Acto Jurídico, también a mi cargo. Posteriormente lo llamé como asistente en los cursos que dictaba en la Facultad de Derecho de mi alma mater, la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

La Nulidad por Incumplimiento de la Forma de los Actos Ad Solemnitatem... o la Triste Historia de una Decisión Vergonzosa

 Juan Espinoza Espinoza

Comencemos por lo básico: "negocios formales son, justamente aquellos cuya forma es taxtativamente prefijada por la ley, o sea, vinculada; no formales, aquellos cuya forma es libre y que, por tanto, pueden realizar en cualquiera de que el uso social considere instrumento de manifestación admisible e inequívoca, suficiente para hacer socialmente reconocible el precepto de la autonomía privada de que en ellas se trata".

LA NULLITÀ DEGLI ATTI DI AUTONOMIA PRIVATA PER VIOLAZIONE DI PRINCIPÎ O DIRITTI COSTITUZIONALI

Juan Espinoza Espinoza - Professore di diritto civile presso la Universidad Nacional Mayor de San Marcos e la Pontificia Universidad Católica del Perù. Membro Corrispondente della Academia de Derecho y Ciencias Sociales di Córdoba.

Fabrizio Piraino - Professore ordinario di Diritto privato nell’Università degli Studi di Palermo.

Lo studio che qui si presenta si prefigge di analizzare l’influenza dei principi costituzionali e dei diritti fondamentali o inviolabili nel campo dell’autonomia privata non tanto in chiave teorica — o forse sarebbe meglio dire teorico-generale — quanto piuttosto alla luce di taluni orientamenti della giurisprudenza apicale. I campi d’indagine sono offerti da due ordinamenti giuridici caratterizzati da molte affinità, ma anche da significative differenze: l’ordinamento peruviano e quello italiano. Le affinità normative, culturali e di sensibilità generale verranno emergendo nel corso della ricerca; mentre va subito sottolineato un profondo elemento di diversità, che, però, in nessun modo inficia la possibilità di mettere a confronto i due sistemi.

Prólogo al libro de José Cárdenas Torres

 Juan Espinoza Espinoza

Tuve la formidable oportunidad de ser asesor de la tesis de Jose Alonso Cardenas Torres en la Maestría de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica del Perú y ahora tengo el privilegio de prologar el resultado de su investigación, enriquecido y actualizado, que lleva por título “La tutela inbibitoria del derecho a la intimidad y su conflicto con el derecho a la libertad de expresión e información”.

Prólogo al Libro "Instituciones de Derecho Privado"

PRÓLOGO

Con cabal conciencia de lo presuntuoso que pueda resultar prologar el texto Instituciones del derecho privado, del recordado maestro Massimo Bianca, hecho en colaboración con su hija, la profesora Mirzia Bianca —visto que, sobre su obra, autores tan calificados, como Salvatore Patti, se han ocupado de ello—, quisiera poner en evidencia en estas líneas tanto al insigne jurista como al magnífico ser humano que tuve la suerte de conocer.