En la Ruta del Enigma y la Interpretación


Juan Espinoza Espinoza

Tras "La calabiótica social no obnoxia" del maestro Barandiarán

Allá en el lejano 1985, cuando aún era estudiante de Derecho, leí un artículo periodístico de José León Barandiarán, cuyo último párrafo era incomprensible. Ahí, el maestro, siguiendo el pensamiento platoniano, en el cual se exalta a la justicia como "virtud madre", al comentar la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, afirmaba que "se ha cumplido con lo que expresase Nietzsche, de que para vivir hay que valorar, habiéndose en escopo del bien social dado obstención a una calabiótica social no obnoxia de frangirse senescentemente, siendo de repetir con El Quijote, que "siempre es alabado más el hacer el bien que el mal".

Un curioso caso de dolo omisivo incidental: ¿Y qué pasó con el plazo prescriptorio?


Juan Espinoza Espinoza
Filippo Viglione 

En la Casación N° 2731-2018-Lima se resolvió un interesante caso de responsabilidad precontractual derivado de la omisión de los deberes de información aparejado con un supuesto de dolo incidental negocial. Sobre el particular, el profesor Juan Espinoza realiza un profundo análisis de las figuras en juego, especialmente sobre la determinación de la naturaleza jurídica del resarcimiento que se otorga al perjudicado del dolo incidental. Por su parte, el profesor Filippo Viglione nos relata, con bundantes datos doctrinarios y jurisprudenciales, la discusión que en Italia se viene dando respecto de los alcances del dolo incidental.

¿No hay eximente de responsabilidad civil si la victima se encontraba recostada en una vía férrea?


Juan Espinoza Espinoza

Alguna vez escuché decir que “estamos preparados para afrontar la pérdida de nuestros padres; pero no la de nuestros hijos”. Evidentemente, la partida definitiva de nuestros seres queridos es motivo de gran dolor y consternación. Ello merece las muestras de afecto, compasión y solidaridad de todos; pero cuando se trata de un tema que ha sido mediático, como este lamentable caso del niño de once años que fue atropellado por un tren, el operador jurídico que está investido del poder de decidir se siente presionado y, en no pocas ocasiones, emite fallos cargados de subjetividad, que no corresponden a un riguroso análisis, ni a una imparcial interpretación del ordenamiento jurídico vigente.