Comentarios al V Pleno Casatorio Civil


Juan Espinoza Espinoza


RESUMEN
El autor afirma que el Pleno Casatorio Civil es positivo; no obstante, cuestiona el abuso de los obiter dicta, pues considera que existe el peligro de “marear” al operador jurídico que pretende entender los alcances del precedente vinculante. Por otro lado, el autor analiza los siguientes temas:
i) la naturaleza de la impugnación,
ii) el principio de especialidad,
iii) posibilidad de someter a arbitraje la facultad del asociado de impugnar los acuerdos de los órganos de la asociación y
iv) la situación del tercero no asociado que impugna judicialmente la decisión de un órgano de la asociación por alguna causal de invalidez.

CONTEXTO NORMATIVO

• Código Civil: Artículos 92 y 219.
• Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas: Artículo 4.

palabras clave

Asociaciones / Impugnación / Nulidad / Caducidad / Arbitraje